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Los cuatriciclos sólo podrán circular por sector lindante a las bardas y el río

La Ordenanza 3799/16 estableció dichos circuitos por los que, además, no podrán superar la velocidad máxima de veinte kilómetros por hora.

Desde el Municipio se señaló que “estos vehículos, conocidos como automotores agrarios, tienen vedada la circulación en los cascos urbanos o zonas muy pobladas”.

En ese sentido, el secretario de Control y Gestión, Claudio Silvero, destacó que el proyecto fue impulsado por el Ejecutivo municipal para “dar respuesta a la inquietud de propietarios de cuatriciclos que necesitaban de una norma que los contenga para poder circular dentro de los parámetros legales”.

La Comuna recordó que los requisitos para el trámite de permiso de manejo de estos rodados son: en caso de tener diecisiete años cumplidos, permiso firmado ante escribano público por parte de los padres o adultos a cargo. En el caso de los mayores de edad, el trámite es idéntico al de licencias para motocicletas.

Autor: Sergio Garro

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