La ordenanza establece exceptuarse de la prohibición del uso de fuegos artificiales a las celebraciones de interés general, donde pueden utilizarse fuegos de artificios lumínicos y fumígenos, estando prohibidos los audibles y sonoros; es requisito indispensable su manipulación por personas especializadas y en áreas adecuadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, la cual extenderá la habilitación correspondiente.
Esta Ordenanza, establece duras sanciones para quienes incumplan con la normativa, evite multas. Asimismo se procederá al decomiso de la mercadería que se encuentre en poder del imputado. En los supuestos que el infractor sea menor de edad, serán solidariamente responsables sus padres en razón de la responsabilidad parental.
Si desea realizar denuncias por venta o utilización de pirotecnia, puede comunicarse telefónicamente a los teléfonos 493-7933 o al 493-4005.
Por su parte,y partir de la Ordenanza Nº 3934/18 y el Decreto que la regula, Nº 3916/18, se prohíbe el consumo de alcohol en la vía pública. La ingesta de bebidas alcohólicas en la vía pública puede causar serios inconvenientes a quienes lo hacen, como así también, a las terceras personas que se encuentren en el espacio común.