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La Justicia define la situación de dos guardavidas por la muerte de una niña en un camping

La jueza de Garantías, Carina Álvarez, resolverá el miércoles cómo sigue la causa contra dos guardavidas que estaban trabajando en un cámping el día que se ahogó una niña de 5 años en una de las piletas.

La fiscalía y la querella les atribuyen el delito de homicidio culposo en calidad de coautores, y la defensa pidió el sobreseimiento por defectos en la acusación.

En la audiencia de control de acusación realizada este lunes, la fiscal del caso Sandra Ruixo reseñó el caso. Ocurrió el 3 de febrero de 2019, a las 14, en el cámping de la Asociación de Trabajadores del Estado en Plottier.

La víctima había concurrido al predio con sus padres, su hermano, un primo y su abuela.

La fiscal describió que hay tres piletas dentro de un cerco. Una de ellas para niños y niñas, y otras dos, separadas de la primera, para adultos.

Los imputados, una joven de 23 años y un joven de 30, estaban en el acceso a las piletas y de espaldas a las mismas. De una manera que no fue descripta, la niña de 5 años accedió al sector y cayó o se metió en la pileta número 2, donde se ahogó.

Ruixo planteó que los imputados "se encontraban en un sector erróneo, desde donde no tenían una visión satisfactoria para el caso de que ya haya gente en las piletas". Tampoco "se percataron del ingreso de la niña con su hermano y su primo".

Dijo que "obraron negligentemente, faltando al correspondiente deber de cuidado, inobservando los deberes a su cargo".

Sostuvo la acusación por homicidio culposo en carácter de coautores, e indicó que en caso de ir a juicio pedirá hasta 3 años de prisión.

El defensor particular Juan Coto dijo que la parte acusadora no hizo "una descripción de la conducta de cada uno de los imputados, y cómo cada conducta repercute en el mismo resultado. El epicentro del problema es la caída al agua, no el rescate".

"La fiscalía sostiene que los guardavidas tienen una obligación de resultado y eso no es cierto", planteó también.

Señaló también que "sólo puede haber coautoría en los hechos delictivos dolosos". Tras una extensa argumentación, concluyó que "al no existir la coautoría culposa, esta acusación no puede prosperar". En consecuencia pidió el sobreseimiento de los imputados.

Fuente: diario RN.

Autor: Sergio Garro

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