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Policía 12 años preso por matar a joven por la espalda

Pasaron más de 6 años y dos juicios en el camino para que el suboficial Luis Bautista Alarcón vaya preso. El juez dijo que su accionar fue absolutamente despreciativo e indiferente.
Darío Hernán Irigaray
Por Darío Hernán Irigaray

A fines de diciembre fue dictada la pena de 12 años de prisión al suboficial Luis Bautista Alarcón, enjuiciado por el homicidio de Mario González, muerto de un balazo en la zona de chacras de Plottier, el 26 de noviembre de 2005.

La Cámara Criminal Uno, integrada por los jueces Mario Rodríguez Gómez, Andrés Repetto y Walter Richard Trinchera, condenó a la pena de 12 años de prisión al suboficial de la Policía provincial Luis Bautista Alarcón al ser hallado culpable del homicidio de Mario González, el joven muerto de un balazo en una chacra de Plottier, el 26 de noviembre de 2005.

Cabe señalar que en un juicio anterior, el efectivo de 27 años había sido absuelto, pero la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ordenó la realización de un nuevo proceso.

La fiscal de Cámara, María Dolores Finochietti, sostuvo que los hechos ocurrieron cuando Alarcón observó a tres personas sospechosas que comenzaron a huir e ingresaron a una chacra.

Según la causa, Alarcón desenfundó su arma y disparó contra González. El proyectil impactó en la nalga derecha y salió por el tórax. La bala afectó la pared anterior de la arteria aorta, ocasionando una hemorragia aguda con shock hipovolémico y su muerte a los pocos minutos.

Mario Gómez, responsable del primer voto, sostuvo que “resulta esencial determinar si la reacción de Alarcón fue que instantes previos fue apuntado con un arma de fuego por la persona que perseguía, a la que disparó con su arma reglamentaria ante la sospecha fundada que estaba en riesgo, cierto e inminente, su integridad física y su vida”.

El magistrado añadió que de los elementos de prueba reunidos en el juicio se desprende que la única referencia que acompaña la versión de Alarcón “son sus dichos”.

Una forense del Poder Judicial certificó que la víctima, en el momento de recibir el disparo, se encontraba en posición oblicua, no de pie o erguida, y de espaldas.

También valoró el testimonio de un familiar de la víctima quien declaró que vio como Alarcón apoyó su arma en un álamo y disparó, luego tomó al herido y lo esposó.

También opinó que “aún en el hipotético y muy remoto supuesto que González estuviera armado, no quedan dudas y así lo indican todas las pruebas antes ponderadas, que es imposible que haya apuntado a González en el momento de recibir el impacto mortal, de espaldas y sorteando un talud”.

El juez agrega que el accionar de Alarcón fue absolutamente despreciativo e indiferente de las gravísimas consecuencias que sabía podía provocar. “No podemos dejar de consignar la irracionalidad de disparar por la espalda para repeler la sustracción de unas bicicletas que ya habían descartado”, detalla Rodríguez Gómez.

Por todo, expresó que Alarcón debía ser condenado a la pena de 12 años de prisión, sanción que coincidió con el pedido de la fiscal Finochietti.

Los jueces Repetto y Trincheri adhirieron a la resolución del presidente de la Cámara por lo que el fallo fue elevado a las autoridades policiales. No obstante, trascendió que la medida será cuestionada por los abogados que asisten a Alarcón.

El propósito sería presentar un nuevo recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sosteniendo de manera enfática que el uniformado actuó en legítima defensa, por lo que corresponde su inmediata libertad.

Fuente LMN

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